Nota en relación con el debate sobre la reforma constitucional del parágrafo dos del artículo ocho de la Constitución de 1839: derecho al sufragio de indígenas y mestizos [1]

EDDY CHÁVEZ HUANCA [2]


[...] [S]i se ha de conceder la ciudadanía a algunos que no sepan leer ni escribir, es preciso concederla a todos los que se hallen en el mismo caso: y la reforma de la parte del artículo constitucional que nos ocupa, debe reducirse a suprimirla. Entonces sabrá el mundo, que, en el Perú, no se necesita saber escribir ni saber leer para titularse ciudadano. Dirá, es regular, que este es un pueblo bárbaro: pero, a lo menos, no dirá que es injusto.

Participación de Bartolomé Herrera Vélez en el debate sobre el sufragio indígena

Convictorio de San Carlos

 

[...] Yo apelo al mismo principio de la dignidad humana que proclamó el señor [Bartolomé] Herrera, para acusar de atentatoria contra la personalidad del hombre y la nobleza de su destino, la ley que dividiendo la humanidad en dos porciones confía exclusivamente a una la dirección de la otra, sometiéndola a su perpetua tutela.

Participación de Pedro Gálvez Egúsquiza en el debate sobre el sufragio indígena

Colegio Nuestra Señora de Guadalupe

Contexto

En la vida republicana del Perú, las etapas del constitucionalismo se dividen en cuatro partes, la segunda de ellas enmarcada por las pugnas entre liberales y conservadores, la podemos referir incluso como una disputa entre liberales y antiliberales por el poder (que alcanzaba lo jurídico, político, cultural, económico, social). El cumulo de temas que han venido debatiendo a lo largo de la historia —con marchas y contramarchas en sus ideas— se retratan principalmente en los siguientes ejes temáticos: modelo de gobierno republicano o monárquico, organización territorial unitaria o federal, —en su momento— a favor o en contra del voto femenino, del voto universal, a favor o en contra del presidencialismo o del parlamentarismo, etc. Sobre las antedichas etapas, puede verse:

[...] [S]i reparamos la historia transcurrida durante la vida republicana, comprobaremos que los textos constitucionales peruanos han dejado registro de cuatro periodos que marcaron su redacción por las distintas asambleas constituyentes: la consolidación de la independencia, la pugna entre liberales y conservadores, el tránsito hacia el Estado social y la internacionalización de los derechos humanos» (Hakansson, 2024, p. 53). (énfasis agregado)

Uno de los temas que sirve de pretexto para esta contienda intelectual que luego se torna política, trata sobre el hecho de limitar o no parte de los derechos políticos a indígenas y mestizos analfabetos, concretamente el derecho al sufragio. Las figuras visibles de dicho acontecimiento son Bartolomé Herrera Vélez (Lima, 1808-1864) conservador, intelectual formado en el convictorio carolino. Es a destacar que, uno de sus planteamientos principales era sobre la idoneidad para ser gobernante, cuyo énfasis alcanzaba a los lineamientos básicos que debía cultivar el hombre peruano como son el saber leer y escribir. Se encontraban en la otra vereda, —anecdóticamente los claustros de carolinos y guadalupanos en esa época estaban a poca distancia uno del otro— Pedro Gálvez Egúsquiza (Cajamarca, 1822-1872) cabeza visible de los liberales peruanos de ese tiempo.

Noticias de la época

En las circunstancias que se fueron desarrollando los debates sobre el destino de los derechos políticos de indígenas y mestizos, cuestionando si como ciudadanos podían participar en el cuerpo electoral —elegir y ser elegidos—, el énfasis se daba si dentro de este grupo, aquellos indígenas y mestizos analfabetos debían o no tener derecho al sufragio. ¿Se conocía con exactitud cuántos peruanos sabían leer y escribir? No había forma confiable de acercarse a esa información, una cifra aproximada señala que cerca de las 2/3 partes de la población del Perú era indígena (Gootenberg, 1995, p. 20). En el debate, Herrera hace mención que son 3/4 partes de la población son indígenas. En esas circunstancias, incluso aún faltaba identificar extremos del territorio patrio y las pervivencias de la vida virreinal aun hacían eco, el debate de intelectuales se reducía a pequeños cenáculos, el orbe jurídico ilustrado aún tenía rostro de elitismo intelectual, la idea de nación o la construcción de patria venían marcadas por distancias entre teorías y prácticas sociales desarraigadas, sumado al militarismo preponderante y la cultura caudillista que ya mantenían su protagonismo desde ese entonces.

Los avisos periodísticos que comunica a la población las propuestas de reforma, opiniones y debates sobre el derecho al sufragio de indígenas y mestizos, vienen acompañadas de las inquietudes y quehaceres diarios de la época, capitanes de barco que se empeñaban en avisar que tenían espacio para pasajeros y carga, propuestas para desarrollar infraestructura carcelaria firmada por Mariano Felipe Paz-Soldán, recompensas para quienes den aviso por acémilas perdidas, aclaraciones que se pedían entre señores por algún cuestionamiento a su honor, solicitudes de compra de esclavos y otros, tal como se anuncia —atiéndase la redacción de la época— en el diario El Comercio de fecha viernes 22 de agosto de 1851 en la ciudad de Lima:

SE DESEA

Comprar una esclava que sea de 25 a 30 años, para la cocina o la batea. En esta imprenta darán razón. c v4 p2


REFORMA DE ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN [DE 1839].

Informe de la Comisión del Consejo de Estado. (…) 3.° Que el articulo 8.° § 2.° que requiere en el ciudadano la calidad de saber leer y escribir, debe modificarse en cuanto a los indijenas y mestizos conforme a lo prevenido en el proyecto de reforma. (…)

AVISO

Se desea una sirvienta para el servicio de un matrimonio y el cuidado de una niñita, que sea activa y presente certificado de su conducta de la última casa que haya servido. Además se ofrecen 25 pesos de gratificación a la persona que presente en venta una criada de 20 a 25 años de edad, casta negra: en esta imprenta darán razón de ambas cosas que se solicitan. c\ 3 p1

Liberales vs. Conservadores: derecho al sufragio de indígenas y mestizos

Los conservadores de esa época señalaban estar en contra de que los indígenas y mestizos analfabetos pudiesen sufragar, en razón de que la falta de esas aptitudes degenerarían en acciones ausentes de razón, el no poder informarse debidamente, elegir cultamente entre aquellos hombres que propugnaban puestos en el gobierno a través del voto popular los haría blancos fáciles de manipulación y acaso resultaría injusto hacerles participar de temas que no entienden por falta de habilidades grafológicas y lectoras. Se veían como cambios aparentes las propuestas de los liberales guadalupanos, en razón de que se les acusaba —incluso con sarcasmo— de que no atender a la necesidad de ejercer los derechos con la debida capacidad resultaba injusto. Una muestra de la polarización que se daba entre los miembros de estas dos casas de estudios se advertía en las palabras del tucumano Bernardo Monteagudo quien sostenía que «los enemigos mayores de América no son los españoles sino las ideas exageradas de libertad», un ejemplo más del recelo con el que se veía al liberalismo —en sus diferentes manifestaciones de la época—.

Por otro lado, los liberales destacaban las bondades del sufragio universal, apelaban a justificaciones históricas, una vida republicana no podía ser para disminuir derechos o retomar conductas paternalistas frente a los hijos del Perú que no habían tenido la oportunidad de recibir instrucción en lectura y escritura. La crítica alcanzaba al hecho de discutir sendas aclaraciones entre lo que era ser inteligente a diferencia de ser culto; del mismo modo, señalar que no por alcanzar el saber leer y escribir el don de gentes necesariamente mejoraba en los seres humanos, que el ser ilustrado no es sinónimo de ser justo, del mismo modo, los liberales en sus diferentes raigambres llegaban incluso a considerar retrogradas y elitistas a los que participaban del conservadurismo de esa época. El diputado Gómez Farfán (1849) señala al respecto:

[...] Negarle a la mayoría de la nación el ejercicio de la ciudadanía; arrancarle el derecho de sufragio, es la mayor inconsecuencia al principio que sostenemos, es el más degradante contrasentido de una carta democrática. Una Constitución republicana no es ni puede ser un código semiaristocrático en que la libertad enmascara al privilegio: al contrario, es y debe ser el evangelio de las garantías, el libro santo que debe contener las máximas del pueblo, que debe proteger al pueblo, todo entero, en los mismos derechos y en los mismos beneficios. (énfasis agregado)

Los liberales peruanos de esa época reclamaban la falta de voluntad política para la construcción de la nación peruana, un proyecto país a largo plazo debía de considerar la integración de los connacionales y no su clasificación entre instruidos y no instruidos, no dejar en suspenso sus derechos hasta que logren tener entendimiento de la cosa pública, enfilaban una crítica sustentada en el adormecimiento político de los gobernantes, que poco habían hecho para concretar el desarrollo de obras públicas orientadas —en este caso— a construir centros de instrucción básica para iniciar las primeras etapas de lucha contra el analfabetismo absoluto y de esa manera lograr su erradicación. El diputado por Cusco Don Mariano Gómez Farfán señala en su alocución:

[...] [Y] ahora que un movimiento de renovación general anima a todo el mundo y parece presidir a la civilización del siglo XIX sería monstruoso el que subsistiese en la carta fundamental peruana un mandato que degrada a los que mandan como a los que obedecen. Debemos cuanto antes arrancar ese sarcasmo contra las instituciones liberales: debemos empezar nuestras reformas regenerando a esa parte envilecida de los peruanos por medio de la instrucción: realicemos el santo dogma de la fraternidad, desembarazando a la libertad y a la inteligencia de las trabas que las ahogan, y entonces tantas ilusiones se verán cumplidas, tantas esperanzas se verán satisfechas. No hagamos aprecio del despecho, del rencor y de la vacilación de los que obedecen a preocupaciones o hábitos de otro régimen. Necesario es convencerse que todos los poderes emanan del pueblo, cuya totalidad es la única soberanía y esta soberanía es una y no puede expresarse sino por el sufragio universal.

Llegado al presente, en nuestro país ¿cuál es el estado de las cosas en el debate entre liberales y conservadores? En palabras de Carlos Hakansson, el debate mantiene su vigencia. Con muchos esfuerzos de ambas partes, se trata de conciliar ambas visiones por ejemplo en la forma como se configura la estructura del estado peruano o en el equilibrio de los poderes clásicos. Volviendo al tema central, la erradicación del analfabetismo sigue teniendo en el presente, la misma importancia y actualidad que en las primeras décadas de vida republicana, en nuestra vigente Constitución de 1993 se reconoce con rango constitucional que la educación es un derecho, tal como se manifiesta en el último párrafo del artículo diecisiete: «[...] El Estado garantiza la erradicación del analfabetismo. Asimismo, fomenta la educación bilingüe e intercultural, según las características de cada zona. Preserva las diversas manifestaciones culturales y lingüísticas del país. Promueve la integración nacional». (énfasis agregado).

Conclusiones

En relación con el debate, se destaca la importancia de tener claustros académicos para que puedan germinar debates institucionales y sus correspondientes interpelaciones, a lo que se suma los referentes intelectuales, los estudiantes y las ideas propuestas. Es lo que ocurrió en el trasfondo del debate indígena, en este caso en relación con el derecho al sufragio, los liberales asentados en el Colegio Guadalupe se enfrentaban ideológicamente a los conservadores que tenían como reducto académico al Convictorio de San Carlos.

Para entender el trasfondo del debate y no caer en anacronismos, tenemos que recurrir al conocimiento de los principios ideológicos y filosofía que respaldaban los argumentos de una y otra parte. Como en ese momento de la historia pretendían pasar de la teoría a la práctica, de la academia a la vida política, el enfrentamiento no estuvo libre de pasiones y alusiones de carácter personal. Para los carolinos marcaban el paso las tesis herreristas (Dios centro de autoridad, los más capaces a la cabeza del gobierno, administración del Estado marcada por la disciplina, defensa de la bicameralidad, entre otras) que son puestas en práctica en este debate frente a las ideas de los liberales guadalupanos que desarrollaban las ideas de la libertad, el laicismo y mirada democrática progresista —de la aún república adolescente— que tenían los seguidores de los hermanos Gálvez.



[1] Extracto de las sesiones de la Cámara de Diputados, Congreso Ordinario de 1849. Diario de Debates (s.p.i., s.f.e., s.n.).

[2] Abogado. Maestro en Derecho Civil por la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Bibliografía

Álvarez-Calderón, C. E. (1947). Bartolomé Herrera y la Soberanía de la Inteligencia. (Reflexiones). Derecho PUCP, 7, 32-50. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6480/6548

Comisión del Consejo de Estado. (1851, 22 de agosto). Reforma de artículos de la Constitución. El Comercio, número 3632, año XIII, s/p.

Congreso - Cámaras Reunidas. (1849, 7 de noviembre). Discusión sobre reforma del artículo dos, inciso ocho de la Constitución y otros. El Comercio, número 3103, año XI, s/p.

Congreso - Cámaras Reunidas. (1849, 10 de noviembre). Discusión sobre reforma del artículo dos, inciso ocho de la Constitución y otros. El Comercio, número 3106, año XI, s/p.

Gootenberg, P. (1995). Población y etnicidad en el Perú republicano (siglo XIX). Algunas revisiones. IEP.

Hakansson, C. (2024). Curso de derecho constitucional (4.ª ed.). Palestra.