Carlos Ramos Núñez: Tribuno, historiador y amigo
Oscar Andrés Pazo Pineda[1]
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Cuando se piensa en la figura de Carlos Ramos Núñez, uno puede asociarlo con la historia del derecho, con la cátedra universitaria, o con su rol como magistrado del Tribunal Constitucional, la corte de mayor impacto en el Perú. Por ello, resulta ciertamente un reto el tratar de explicar, en estas páginas, lo trascendental que han resultado sus aportes tanto para la comunidad jurídica como para la sociedad en general.
En similar sentido, también podría destacar las virtudes que, como persona, siempre lo caracterizaron: la predisposición a colaborar en cualquier proyecto, su trato cordial con toda persona o su característica e hilarante ironía, que permitía expresar, a su manera, lo que sentía y que todos percibíamos. Sin embargo, en este breve espacio me voy a referir a su rol en la difusión de la historia jurídica, así como su rol en la institucionalización de la justicia constitucional.
En el Perú, y siempre es importante recordarlo, el estudio de la historia, en general, no ha recibido la atención que merece, pese a la compleja y variada realidad cultural. Y si nos referimos a la historia del derecho, esa dedicación es aún menor. De hecho, a diferencia de lo que puede advertirse en otras experiencias en el derecho comparado, no existen publicaciones periódicas que se especialicen en el estudio de la historia del derecho peruano. Ciertamente, contamos con algunos manuales que, fruto del esfuerzo estrictamente personal de sus autores, han visto a la luz y de los cuales podemos aun gozar en la actualidad. Sin embargo, carecemos de una dedicación metódica para esta disciplina.
Ahora bien, si queremos incluso ser más detallistas, la situación es aún más delicada si nos referimos al estudio de la historia constitucional peruana. Es todavía de consulta obligatoria la conocida Historia de las constituciones nacionales de José Pareja Paz Soldán, cuya versión más conocida se publicó en 1954 en Madrid bajo el auspicio de la Editorial Cultura Hispánica. El ilustre exrector sanmarquino Manuel Vicente Villarán también nos brindó una profusa obra dedicada al estudio de la historia constitucional y el derecho constitucional extranjero. Varios de estos estudios fueron recopilados en la obra Páginas escogidas, cuyo prólogo fue elaborado por Jorge Basadre. En similar sentido, Juan Vicente Ugarte del Pino también publicó Historia de las constituciones del Perú en 1978, con la Editorial Andina. Estos son tres de los mejores —y pocos— estudios dedicados a esta disciplina. La tendencia de las últimas décadas ha sido la de relegar el estudio de la historia del derecho y dedicar más atención a la jurisprudencia, con todo lo negativo y positivo que ello puede suponer.
En ese contexto, de olvido y postergación por el estudio de la historia del derecho peruano, la obra de Carlos Ramos Núñez es meritoria. En su monumental, y por ahora inigualable, Historia del derecho civil peruano empieza a desmenuzar no solo la normatividad que sentó las bases de esta disciplina, sino que, de manera inusual en nuestro medio, complementó estas referencias con alusión al contexto internacional de la época, lo que le permite al lector identificar, en mayor medida, la evolución de los fenómenos jurídicos en el Perú. Esta obra empezó a publicarse en 2003, bajo los auspicios de la Pontificia Universidad Católica del Perú, y constituye el más elaborado trabajo dedicado a la historia del derecho en nuestro país. Lejos de lo que pudiera pensarse, los estudios de Carlos Ramos Núñez no solo brindaron importantes herramientas para comprender la evolución del derecho civil en nuestro país, sino que la información y los análisis efectuados también permiten identificar importantes elementos para valorar otras disciplinas, como el derecho constitucional o penal.
El autor pudo elaborar siete tomos, y su obra cierra ensalzando lo que él denominó como «la dogmática en triunfo», lo cual pretendía reflejar la madurez intelectual que caracterizó a la notable generación de juristas que, liderados por José León Barandiarán, diseñaron el Código Civil de 1936. Lamentablemente, la prematura partida de Carlos nos privó de la posibilidad de un octavo tomo, en el que, muy probablemente, nos hubiese brindado importantes luces sobre el proceso y las ideas en torno al vigente Código Civil de 1984. El autor siempre quiso llevar este proyecto adelante.
Por otro lado, en su obra El Código Napoleónico y su recepción en América Latina, publicada en 1997 por la Pontificia Universidad Católica del Perú, encontramos un importante estudio histórico para dimensionar y contextualizar la forma en que el estudio del derecho civil se desarrolló en América Latina. Se trata de un libro que representa no solo una importante introducción para comprender su estudio de la historia del derecho civil peruano, sino que, además, permite que cualquier persona vinculada al derecho en Latinoamérica pueda dimensionar lo que supuso el Código de Napoleón para el desarrollo de las principales corrientes jurídicas en el continente.
Con posterioridad, sus estudios de corte histórico se van a vincular con el derecho constitucional, lo cual obedeció al inicio del ejercicio de sus funciones como magistrado del Tribunal Constitucional. Se puede destacar su imprescindible libro La letra de la Ley. Historia de las constituciones del Perú, el cual fue publicado por el Centro de Estudios Constitucionales en 2018. En todos los ciclos que he tenido la oportunidad de dictar el curso de historia constitucional peruana, he dejado este texto como de lectura obligatoria. No solo es un importante recorrido a las principales ideas en torno a las cartas constitucionales peruanas, sino que el autor, con un estilo pulcro y ameno, tiene la habilidad de poder sintetizar y trasladar ideas complejas a un público universal, algo que casi siempre se nos ha hecho difícil a las personas que nos dedicamos a la abogacía.
Sin embargo, más que esa importante obra, estimo que su principal contribución al estudio de la historia del derecho constitucional en el Perú la desarrolló como director del Centro de Estudios Constitucionales, cuyo actual prestigio debe mucho a la iniciativa de Carlos de querer hacer de esta entidad no solo un instituto para el estudio de la casuística, sino de posicionarla en el sitio que merece. Nuestro prolífico historiador y jurista demostró que, cuando hay conocimiento, dedicación y cariño por lo que se hace en el ámbito de la función pública, todos salimos ganando.
Su presencia en el Centro permitió no solamente la publicación de las ediciones facsimilares de las constituciones del Perú en 2017, sino que también se inició con la conocida colección denominada como Biblioteca Constitucional del Bicentenario, en la que se reeditaron textos tan relevantes para nuestra historia constitucional como Plan del Perú de Manuel Lorenzo de Vidaurre, Sátira constitucional peruana de Felipe Pardo y Aliaga y Manuel Atanasio Fuentes, el Curso de Derecho Constitucional de José Silva Santisteban o los dos tomos del Derecho Político General de José María Químper, entre otros destacados libros. También es importante destacar que impulsó la organización de eventos académicos en los que se podría abordar la vida y obra de destacados pensadores en la materia, idea que se condensó en el curso Autores clásicos de Derecho Constitucional, el cual no solo tuvo una muy aceptable recepción en el público, sino que además supuso una verdadera revolución en un mercado en el que, lamentablemente, se difunde más el estudio exegético de las normas que el del contexto que les dio origen.
Esto demuestra que Carlos Ramos no solo se dedicó a la redacción y publicación de estudios históricos, ya que, como se ha evidenciado, también pretendía revolucionar la forma en cómo se ha estudiado y abordado la historia del derecho en el Perú. Esta creatividad y proactividad en la difusión de la historia demuestra la profunda cercanía que lo unía con esa disciplina. Por esas casualidades de la vida, su último texto fue su Historia del derecho peruano, publicado por la editorial Palestra en 2019, y que nos ha dejado importante información sobre las normas existentes en la época pre-hispánica, colonial, y republicana, y que supone una indispensable guía si queremos conocer la forma en que el derecho ha evolucionado en nuestro país.
Finalmente, no podía dejar de referirme a la calidad humana de Carlos Ramos. Tuve la oportunidad de trabajar directamente con él durante el tiempo en que ejerció el cargo de magistrado del Tribunal Constitucional. Fui testigo de su compromiso con el país y su constante voluntad de generar consensos, característica que, a nivel global, es algo que progresivamente las sociedades están perdiendo. En muchas oportunidades adoptó decisiones que, muy probablemente, él no compartía en lo personal, pero que sabía que reflejaban el espíritu de la Constitución peruana.
Muchas veces se pierde de perspectiva que la norma fundamental no es un simple reflejo de nuestras creencias o preferencias personales, sino que es un documento que pretende reflejar un legado vinculado con nuestra historia y valores. Quizás ese sea el mayor reto que debe adoptar cualquier persona que asuma el importante rol de magistrado del Tribunal Constitucional. En ese sentido, Carlos siempre se preocupó de velar porque la Constitución sea respetada en su integridad, y estimo que es algo que nos corresponde imitar.
[1] Asesor del Tribunal Constitucional. Doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú y magíster en Derecho Constitucional por la Universidad de San Martín de Porres. Docente de pregrado y posgrado en la Universidad de San Martín de Porres. Especialista en Justicia Constitucional por la Universidad de Pisa (Italia) y Castilla-La Mancha (España). ORCID: 0000-0002-0482-2410. Correo electrónico: opazo@tc.gob.pe